Contribución al 1%

14.05.2018

DESTINO DE LOS APORTES A LA IGLESIA

Destino de los aportes recaudados

En términos generales, cada parroquia que recauda el 1%, se queda con un porcentaje y envía lo restante a su respectiva Administración Diocesana, es decir Arquidiócesis, Diócesis, Vicariato o Prelatura. Este porcentaje es variable y lo define el Obispo responsable en cada caso, para esto se puede definir que se aplique un mismo porcentaje para todas las parroquias o se diferencia entre parroquias, según el sector de ingresos en donde estén ubicadas (las parroquias que están en sectores de menores recursos retienen un mayor porcentaje de su recaudación, mientras que las parroquias ubicadas en sectores de mejores ingresos, retienen un monto bastante menor).

Lo que se recibe por concepto del 1% en la administración de cada Diócesis, constituye un fondo solidario que se destina a pagar sólo los gastos generales de esa diócesis en particular, gastos del culto divino, construcción y mantención de templos y lugares de culto, pago de personal laico remunerado (secretaria, etc), congrua de sacerdotes y religiosos/as, mantención de seminarios y seminaristas, etc.

Adicionalmente, el 1% de todo lo recaudado en las diócesis se envía anualmente a la Santa Sede como Aporte Papal.

1% y más

Colectas de Misas dominicales: El dinero que se entrega a estas colectas queda en la Parroquia para sus necesidades.

Colectas Especiales: Durante el año se organizan colectas con un fin específico (sacerdotes ancianos, misiones, etc). Lo recolectado en este caso va a un fondo común diocesano para el exclusivo uso del motivo de la colecta.

Ofrendas de misa: Los fieles pueden pedir que una Misa sea dicho por una intención particular: por un difunto, por un enfermo o por una gracia en especial. En este caso, la ofrenda que se entrega a la parroquia para este fin, es dinero que queda en la misma parroquia para sus necesidades.

Otras ofrendas: Otras ofrendas entregadas con motivo de Bautizos, Matrimonios, Funerales, etc, se quedan en la Parroquia y se utilizan para sus gastos internos.

Legados y Donaciones Especiales: Las diócesis están facultadas para recibir legados y donaciones, cuyo destino está definido exclusivamente por la intención del donante, es decir no puede ser definido por quien recibe esta donación.

PREGUNTAS FRECUENTES

No sabía que la Iglesia necesitara recursos, ni que aportar el 1% era un deber de todos los católicos.
R: La cultura en nuestro país hace que sea difícil hablar de dinero, sobre todo si este tema está relacionado con la Iglesia; sin embargo es necesario recalcar que aún cuando la Iglesia es de origen divino, está inmersa en el mundo y por lo tanto, requiere de medios materiales para cumplir con su misión. La Iglesia necesita que todos nos comprometamos a difundir esta necesidad, no sólo los sacerdotes, sino de manera especial las familias, movimientos religiosos, educadores y laicos comprometidos. 


Yo no contribuyo con el 1%, pero aporto a otras obras de caridad, ¿no es lo mismo?
R: No se puede reemplazar la Contribución del 1% a la Iglesia por otros aportes que se hagan a otras instituciones de beneficencia, por muy meritorios y católicos que sean sus fines. Esos aportes se hacen por caridad, sin embargo, el aporte del 1% a la Iglesia se hace por justicia. Por lo tanto quien no contribuye con el 1%, de manera consciente, por descuido o por olvido, no está exento de falta moral o pecado, pues está dejando de cumplir un mandamiento expreso de la Iglesia. 


Yo siempre aporto en las colectas de la Misa, ¿no es lo mismo que contribuir con el 1%?
R: No es lo mismo por varias razones: porque el dinero que se recauda como colecta dominical se utiliza exclusivamente para gastos internos de la parroquia, porque el monto es muy inferior a lo que se aportaría como Contribución del 1% y por último, porque es un aporte que puede variar drásticamente cada semana y mes a mes. En el caso de la Contribución del 1%, estos recursos son los únicos que permiten la solidaridad entre parroquias y que mantienen una frecuencia de recaudación estable en el tiempo, requisito fundamental para poder afrontar los gastos cotidianos de la Iglesia. 



La Iglesia debe ser rica ya que es dueña de muchas propiedades, ¿por qué no las vende y utiliza ese dinero?
R: Efectivamente la Iglesia en Chile tiene muchas propiedades, sin embargo el destino de éstas está definido exclusivamente por la intención de quien donó la propiedad, es decir existen restricciones respecto a la venta o al dinero obtenido por ésta, ya que debe utilizarse para el mismo fin original y no puede ser redefinido por quien recibió la donación (la Iglesia).



¿La Iglesia recibe recursos desde El Vaticano?
R: La Iglesia no recibe recursos, sino todo lo contrario. Anualmente las Diócesis chilenas organizan la colecta "El Óbolo de San Pedro", cuyos recursos se envían al Vaticano y se destinan íntegramente a las obras de caridad del Santo Padre. Adicionalmente, todos los meses se destina el 1% del total recaudado por cada Diócesis y se envía anualmente al Vaticano como Aporte Papal. 



¿La Iglesia recibe aportes del Estado?
Desde 1925, año en que la Iglesia se separó del aparato estatal, la Iglesia en Chile se mantiene básicamente con los aportes de sus fieles. Actualmente el Estado no contribuye en nada respecto de lo denominado como financiamiento directo, es decir no hace ningún aporte a la Iglesia ni a ninguna organización religiosa. 



¿Cuánto es el ingreso (congrua) que un sacerdote diocesano en Chile?
R: En la Arquidiócesis de Santiago, la gran mayoría recibe una congrua de $120.000 mensuales, cifra claramente insuficiente, ya que con ese ingreso deben pagar alimentación, vestimentas, traslados, servicios básicos, etc. Por esta razón muchos sacerdotes recurren, con el permiso del Obispo, a capellanías de colegios u otras instituciones, con el fin de aumentar los ingresos necesarios para poder vivir. En las otras Diócesis de Chile, la situación es similar, sin embargo la congrua que reciben los sacerdotes no necesariamente es la misma que se otorga en Santiago, ya que depende de los ingresos de la respectiva Diócesis y del Obispo responsable de la misma.


¿Cuánto ganan los voluntarios?
R: Los voluntarios que participan en muchas de las actividades de la Iglesia no son remunerados. Esto no significa que sus actividades no tengan un costo, ya que los materiales, los traslados, alimentación, etc. deben ser pagados. 


¿Pedir mayor colaboración no es injusto para aquellos que ya colaboran frecuente y generosamente?
R: Lo que se pretende es despertar la conciencia de quienes no colaboran o no lo hacen con suficiente generosidad en relación a sus medios. Todo lo que la Iglesia puede hacer es posible gracias a que muchas personas dan su tiempo, su talento y su dinero y debemos ser profundamente agradecidos con ellos. Pero para ser justos, es fundamental que se comprometan muchas más personas con las actividades pastorales y en el sostenimiento económico de la comunidad.


¿Por qué contribuir a la Iglesia con el 1%, si el Señor manda en su Ley el 10%?
R: En la Ley del Señor se prescribe que todos los creyentes debían dar anualmente la décima parte -el diezmo- de todos los frutos de la tierra y del ganado en ofrenda a Dios (cf. Lv 27,30-33; Dt 14,22-23). Así reconocían su dominio, contínua ayuda y bendición en la propia existencia. El diezmo estaba destinado en concreto a sostener a los levitas, ministros del culto (cf. Nm 28,21-30). Ellos no habían heredado tierra en Palestina y estaban consagrados totalmente al Señor. También la Ley prescribe un segundo diezmo, aunque trienal, para socorrer las necesidades de los pobres (Dt 26,12-13). Jesús no prescribe el diezmo u otra proporción que se deba ofrecer al Señor (cf. Mt 23,23; Lc 11,42; 18,12; Hb 7,2-9) -tampoco lo rechaza-, sino enseña a darse por entero como Él en la cruz. Propone como ejemplo a la viuda pobre que da todo cuanto tenía para vivir (Mc 12,42-44). San Pablo recuerda, además, que los ministros del Señor tienen derecho a vivir del culto (1Co 9,13). Conforme a la revelación, la Iglesia siempre ha sostenido que el pueblo cristiano debe ayudar, cada uno según su capacidad, a subvenir a las necesidades materiales de la Iglesia (cf. CIC 222; CEC 2043). La Iglesia en Chile concretiza este mandamiento en el 1% de los ingresos para todos los cristianos. Éste es el mínimo (justicia legal), pero nada obsta para que se aporte libremente mucho más, incluso más del 10%, que prescribía la Antigua Ley.